Cuando una organización recibe una denuncia o comunicación por un posible caso de acoso en el entorno laboral, la comisión encargada de investigar debe actuar con diligencia, confidencialidad, imparcialidad y respeto a los derechos de todas las personas implicadas.
La existencia de un protocolo es necesaria, pero no siempre resuelve las dudas que aparecen al aplicarlo: qué actuación debe realizarse primero, cómo organizar las entrevistas, qué documentación conviene solicitar, cómo valorar los indicios o cómo redactar el informe final.
Ofrezco un servicio de acompañamiento y asesoramiento especializado a las comisiones responsables de investigar posibles situaciones de:
- Acoso sexual.
- Acoso por razón de sexo.
- Acoso discriminatorio relacionado con la orientación sexual, la identidad o expresión de género y las características sexuales.
- Acoso psicológico en el trabajo o mobbing.
- Otras conductas discriminatorias o contrarias a la dignidad en el entorno laboral.
Mi función consiste en ayudar a la comisión a ordenar la investigación, pautar las actuaciones y aplicar correctamente el protocolo, manteniendo siempre la independencia de sus integrantes.
¿En qué consiste el acompañamiento a la comisión de investigación?
Cada investigación presenta circunstancias diferentes. No existe una secuencia automática que pueda aplicarse sin analizar previamente la denuncia, el protocolo de la empresa y la información disponible.
El acompañamiento comienza con la revisión del caso y de la documentación interna. A partir de ahí, asesoro a la comisión para definir los pasos que debe seguir y organizar un proceso coherente, riguroso y ajustado a los principios que deben regir este tipo de actuaciones.
El servicio puede incluir:
Revisión del protocolo y de la documentación inicial
Analizo el protocolo aplicable, la comunicación o denuncia recibida, la constitución de la comisión y la documentación generada hasta ese momento.
Esta revisión permite detectar posibles carencias, aclarar las funciones de cada integrante y comprobar si las actuaciones previstas respetan las garantías establecidas por la organización.
Planificación de las fases de la investigación
Ayudo a la comisión a establecer un itinerario de trabajo: actuaciones iniciales, personas que deben ser entrevistadas, documentación que conviene solicitar, orden de las diligencias y calendario orientativo.
La planificación debe ser suficientemente clara para evitar retrasos, pero también flexible para incorporar nueva información cuando sea necesario.
Preparación de las entrevistas
Facilito pautas para entrevistar a la persona que ha comunicado los hechos, a la persona denunciada y a posibles testigos.
El acompañamiento puede incluir la revisión o preparación de guiones adaptados a cada entrevista, con preguntas abiertas, neutrales y centradas en hechos concretos. También se ofrecen criterios para evitar preguntas culpabilizadoras, juicios anticipados o planteamientos que puedan condicionar las respuestas.
Mi labor es asesorar a la comisión en la preparación de estas actuaciones. No participo directamente en las entrevistas ni sustituyo a las personas designadas para realizar la investigación.
Recopilación y organización de la información
Durante una investigación pueden aparecer correos electrónicos, mensajes, documentos internos, registros, partes médicos, comunicaciones previas o testimonios diversos.
Asesoro a la comisión para identificar qué información puede resultar pertinente, cómo solicitarla y cómo incorporarla al expediente de forma ordenada, respetando la confidencialidad y la normativa de protección de datos.
Valoración de los hechos y de los indicios
La comisión debe analizar toda la información obtenida sin partir de conclusiones previas. Esto exige distinguir entre hechos acreditados, declaraciones coincidentes, contradicciones, percepciones personales e información que no ha podido verificarse.
Mi acompañamiento ayuda a establecer criterios de análisis y a relacionar los hechos investigados con las definiciones contenidas en el protocolo y en la normativa aplicable.
Revisión de actas e informes
Reviso las actas, comunicaciones y borradores elaborados durante el procedimiento para comprobar que sean claros, coherentes y respetuosos con los derechos de las personas implicadas.
También puedo orientar la estructura del informe final para que recoja las actuaciones practicadas, la información analizada, los hechos que se consideran acreditados o no acreditados y las conclusiones de la comisión.
Seguimiento posterior
Cuando el caso lo requiere, ayudo a la comisión a proponer medidas de seguimiento para prevenir represalias, evitar la repetición de las conductas y comprobar la evolución del entorno laboral.
Estas medidas deben adaptarse a las circunstancias concretas y no limitarse a cerrar formalmente el expediente.
Un asesoramiento independiente y centrado en la comisión
Mi interlocutora durante el proceso es la comisión encargada de la investigación. No represento a la persona denunciante, a la persona denunciada ni a la empresa frente a ninguna de las partes.
Tampoco asumo las funciones propias de la comisión. Sus integrantes realizan las entrevistas, practican las diligencias y formulan las conclusiones. Mi trabajo consiste en aportar criterio técnico, resolver dudas y facilitar herramientas para que puedan desarrollar su labor con mayor seguridad.
Las decisiones empresariales que puedan adoptarse una vez finalizada la investigación corresponden a la dirección de la organización y, cuando proceda, deberán contar con el asesoramiento jurídico o laboral correspondiente.
¿Por qué contar con apoyo especializado?
Investigar una posible situación de acoso exige algo más que seguir una lista de trámites. Una actuación poco clara puede generar indefensión, revictimización, pérdida de información relevante o conclusiones insuficientemente fundamentadas.
El asesoramiento externo resulta especialmente útil cuando:
- La comisión se enfrenta a su primer expediente.
- Existen dudas sobre cómo aplicar el protocolo.
- Las declaraciones de las personas implicadas son contradictorias.
- Deben entrevistarse varias personas.
- La situación afecta a diferentes niveles jerárquicos.
- Aparecen posibles conductas discriminatorias por razón de sexo o LGTBI.
- La comisión necesita ordenar y documentar las actuaciones.
- Se requiere una mirada externa especializada en igualdad, recursos humanos y prevención del acoso.
El objetivo es que la comisión pueda investigar con método, neutralidad y atención a las garantías de todas las personas participantes.
Prevención e investigación del acoso en el entorno laboral
Las empresas deben promover condiciones de trabajo respetuosas con la dignidad y disponer de procedimientos para prevenir y abordar las conductas de acoso.
El artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007 establece obligaciones específicas respecto al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. La Ley 4/2023 y el Real Decreto 1026/2024 incorporan medidas relacionadas con la igualdad y la protección de las personas LGTBI. El acoso psicológico también debe abordarse desde la protección de la dignidad, la seguridad y la salud de las personas trabajadoras.
Disponer de un protocolo adecuado es el punto de partida. Saber aplicarlo cuando surge un caso concreto es lo que permite convertirlo en una herramienta efectiva.
Asesoramiento a comisiones de investigación de acoso laboral
Soy Meritxell Beltrán Vallés, consultora especializada en igualdad de género, recursos humanos y prevención del acoso en el entorno laboral.
Acompaño a empresas y comisiones de investigación en la planificación de las actuaciones, la preparación de entrevistas, la revisión de documentación y la elaboración de informes ante posibles casos de acoso sexual, acoso por razón de sexo, acoso LGTBI y acoso psicológico o mobbing.
Para solicitar información sobre el servicio de acompañamiento a comisiones de investigación, puedes escribirme a:

