El papel clave de la comisión en la prevención y actuación frente al acoso
En cualquier empresa, la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo no pueden quedar al azar. La Comisión de Igualdad es la encargada de velar por un entorno laboral seguro y libre de violencia. Su papel es clave tanto en la negociación del protocolo de acoso como en la investigación y resolución de denuncias.
Pero, ¿cuáles son sus funciones concretas? ¿Qué medidas debe garantizar la empresa?
¿Qué funciones tiene la Comisión de Igualdad en materia de Acoso Sexual?
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, establece la obligación de que las empresas promuevan medidas activas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, asegurando la participación de la Representación Legal de los Trabajadores (RLT). En este contexto, la Comisión de Igualdad tiene un papel esencial.
1️⃣ Negociar y Acordar el Protocolo de Acoso
📌 Si el protocolo de acoso sexual y acoso por razón de sexo no está incluido en el convenio colectivo de referencia, la Comisión de Igualdad debe ser quien negocie y acuerde su contenido.
📌 Debe definir procedimientos de denuncia, tiempos de resolución y medidas de protección para las víctimas.
📌 Además, no puede quedarse solo en el papel: debe garantizar medidas preventivas y de sensibilización en la empresa.
2️⃣ Sensibilizar a Toda la Plantilla
Es fundamental que la Comisión de Igualdad asuma la concienciación sobre la inaceptabilidad del acoso en el entorno laboral. Para ello, debe:
✅ Difundir material didáctico sobre qué es el acoso sexual y cómo prevenirlo.
✅ Informar a las personas trabajadoras sobre los protocolos de actuación y cómo pueden denunciar.
✅ Supervisar que los canales de comunicación funcionan correctamente, asegurando que las víctimas pueden acceder a ellos de manera clara y eficaz.
3️⃣ Formación a la Comisión Instructora del Protocolo y a Toda la Plantilla
Una Comisión de Igualdad eficaz debe estar formada en materia de acoso, para poder actuar con criterio y rigor en la investigación de los casos.
🔴 La empresa tiene la obligación de proporcionar formación a la comisión instructora del protocolo, asegurando que sus miembros tengan conocimientos sólidos sobre igualdad, discriminación y procedimientos de actuación en casos de acoso.
📌 Además, debe garantizar formación en igualdad para toda la plantilla, reforzando la cultura de tolerancia cero ante cualquier tipo de acoso.
4️⃣ Investigar los Casos de Acoso y Redactar un Informe de Conclusiones
📌 La Comisión de Igualdad debe recoger toda la información y documentación sobre el caso denunciado.
📌 Elaborar un informe de conclusiones donde se analicen los indicios, pruebas y posibles agravantes o atenuantes.
📌 Si el caso lo requiere, instar a Recursos Humanos a abrir un procedimiento disciplinario contra la persona denunciada.
🚨 IMPORTANTE: Si un miembro de la Comisión tiene relación de parentesco, amistad o enemistad con la víctima o el denunciado, queda automáticamente invalidado para participar en la investigación. La empresa debe sustituirlo para garantizar la imparcialidad.
5️⃣ Supervisar el Cumplimiento de las Sanciones
Si una persona es sancionada por acoso, la Comisión de Igualdad debe velar porque la sanción se aplique de forma efectiva y no haya represalias contra la víctima.
📌 Además, debe asegurarse de que las garantías establecidas en el protocolo se respetan y de que la empresa cumple con su compromiso de erradicar el acoso del entorno laboral.
Si en tu empresa aún no se ha definido el papel de la Comisión de Igualdad en materia de acoso, o si no se ha impartido la formación necesaria, puedo ayudarte.
✅ Redacción de protocolos de acoso ajustados a la normativa vigente.
✅ Formación a la comisión instructora del protocolo y a toda la plantilla.
✅ Asesoramiento en la aplicación del protocolo y gestión de casos.
📩 Contacta conmigo y construyamos juntos un entorno laboral seguro, libre de acoso y discriminación.

