El Real Decreto 301/2020, de 13 de octubre por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, establece entre las materias a analizar como contenido mínimo en el diagnóstico de situación, la prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
Por lo tanto, la prevención contra situaciones de acoso sexual en la empresa forma parte del núcleo duro y contenido mínimo de los planes de igualdad.
Os propongo un Chek List para analizar el cumplimiento y adecuación de la política de prevención contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo:
√ PREVENCIÓN. ¿Se hace prevención y sensibilización sobre el acoso sexual en la organización? ¿O el protocolo se limita a indicar la forma de denuncia de un supuesto caso?
El protocolo de actuación ante un caso de acoso es básico para poder gestionar los casos reales en la organización, pero es imprescindible realizar una prevención y sensibilización a toda la plantilla para PREVENIR los futuros casos.
√ INFORMACIÓN y ACCESIBILIDAD a los protocolos, medidas y procedimientos de denuncia. ¿Conoce la plantilla los medios para luchar contra el acoso y por razón de sexo que ofrece la empresa? ¿Tiene acceso todas y cada una de las personas de la plantilla acceso a las medidas y procedimientos?
√ CONFIDENCIALIDAD y RESPETO hacia la posible víctima de acoso sexual en la empresa.
¿Se garantiza la confidencialidad y un trato digno a la víctima?
√ PROHIBICIÓN de represalias a la víctima o personas que la ayuden a denunciar y sirvan de testigos.
√ GARANTÍA DE LOS DERECHOS LABORALES y de protección social de las víctimas y diligencia y celeridad en el estudio del caso.
¿Se garantiza que la víctima de acoso sexual tendrá garantizados sus derechos laborales? ¿Se le ayudará a gestionar y superar el caso de acoso ocurrido en la empresa?
¿Cumple el Protocolo de lucha y prevención contra el acoso sexual y por razón de sexo de tu empresa este Chek List?
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