Las últimas semanas me llegan varios emails y comentarios en las redes sociales preguntando: ¿Qué empresas tienen la obligación de realizar un Protocolo para luchar contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo?
La respuesta es sencilla, TODAS las empresas y organizaciones, sin importar el tamaño de la plantilla deben tener un protocolo para luchar contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
Algo lógico, ya que garantizar que las empresas sean un entorno seguro para las mujeres, libre de estereotipos sexuales, patriarcales y androcéntricos en el que se respete su integridad física y moral, es apostar por los Derechos Humanos.
¿Mi empresa tiene que tener un protocolo de acoso sexual si únicamente opera por internet? También debe tener un protocolo, ya que el acoso sexual y por razón de sexo puede darse sin necesidad de presencialidad.
¿Mi empresa tiene que tener un protocolo si únicamente trabajan mujeres? También debe tener un protocolo, no únicamente se debe contemplar el acoso entre personas de la plantilla, sino también con clientes y / o proveedores.
¿Es suficiente tener un documento que establezca la forma de actuación ante un posible caso de acoso sexual o acoso por razón de sexo? No, también se deben hacer acciones básicas como informar y formar a la plantilla sobre la existencia del protocolo. Además de formar y capacitar a las personas encargadas de gestionar el Comité de Prevención contra el Acoso.
Te recomiendo este Check List para ver si tu empresa cumple con la normativa vigente en lucha contra el acoso sexual y por razón de sexo.
¿Tiene tu empresa un Protocolo?